Sunday, March 30, 2014

El contrato padres-proveedoras.

Los fundamentos de un Contrato entre Padres y Proveedora


Condensado por Fernando Olmedo, focalerta@yahoo.es 
 
Como proveedora de cuidado infantil, usted es generalmente libre de poner lo que quiera en su contrato con los padres. Sin embargo DCFS le exige que tenga un contrato con los padres. También exige que ponga las consecuencias para el padre de recoger tarde los hijos, cuándo comienza usted a llamar a los teléfonos de emergencia, y cuando comunica a DCFS o a la policía que no han recogido los niños.

Las leyes federales contra la discriminación hacen que sea ilegal discriminar por motivos de raza, color, sexo, religión, edad, discapacidad u origen nacional.  Por tanto, usted no puede poner que no acepta niños con discapacidades, o que tengan SIDA.

Aparte de estas limitaciones, usted puede establecer cualquier regla que desee en su contrato. Todos los contratos, sin embargo, deben contener los siguientes cuatro puntos:

1) Los nombres de las partes del contrato (el padre y la madre), así como el nombre (s) de los niños. Incluya también información de contacto de cada padre número de teléfono de la casa y del trabajo, correo electrónico, etc.)

2) Los términos del contrato: los días y las horas en que su programa está abierto y los honorarios que cobran (tarifa semanal / mensual, de días festivos, de vacaciones, recargos, tasas de retención, tasas de registro, etc.) Estas son las únicas reglas que pueden ser legalmente exigidas por un tribunal. En otras palabras, si usted se niega a atender en un día particular, que en su contrato figura como de cuidado, el padre no está legalmente obligado a pagar por ese día.

Si el padre se niega a pagar por la atención que está cubierta por el contrato, el proveedor puede acudir a los tribunales para hacer cumplir esta regla. Todas sus otras reglas no son legalmente exigibles. Estos se definen como políticas o pólizas: las políticas de enfermedad y de emergencia, actividades, comidas, siestas, el aprendizaje de aseo, disciplina, etc. Si usted o el padre no están contentos porque la otra persona no está cumpliendo con estas pólizas, la solución es poner fin a su contrato, no llevar a la persona a la corte.

3) El método de terminar el contrato. Por lo general, los proveedores requieren que los padres les den una notificación por escrito al menos dos semanas antes de que el acuerdo pueda ser terminado. Yo recomiendo que los proveedores incluyan en el contrato la fórmula: "El Proveedor podrá rescindir el contrato por propia voluntad en casos como …algunos casos pueden ser no pago de la cuota… no renovar a tiempo la aprobación …comportamiento grosero de los padres … traer varias veces los niños enfermos…llegar frecuentemente tarde a recoger los niños… no actualizar la información…dejar de llevar los niños al cuidado varias días sin previo aviso…". Esto le permite a terminar inmediatamente su acuerdo si uno de los padres se convierte en perjudicial o el niño se vuelve inmanejable.

4) Las firmas de los padres y el proveedor. Cuando ambos padres le están dando a cuidar a su hijo, haga que ambos firmen su contrato para que éste pueda ser aplicado contra cualquiera de los padres.

Asegúrese de que al menos estos cuatro puntos están cubiertos en su contrato. Siempre se puede modificar más tarde. Ponga sus políticas en un documento separado del contrato. 

¿Tiene cosas importantes en el contrato que no hayamos mencionado? ¿Tiene pólizas que haya puesto después de un problema, o que le hayan evitado problemas? Queremos oír eso. Por favor, ayude a todas, denos esa información. Mándele un E-e-mail a aolmedo@childserv.org, o ponga un comentario en el blog.


Modelo de Contrato de cuidado infantil.

Este es un contrato entre la proveedora de cuidado infantil_____________ y ____________________  para dar servicios de cuidado infantil para los niños _________________________________________.

El horario de cuidado infantil será de_____________ a ____________.
No cuidamos niños en sábados ni domingos. Tampoco en los siguientes días festivosdías festivos: Memorial Day, Independence Day, Labor Day, Thanksgiving fin de semana, jueves y viernes, Nochebuena y Navidad, 31 de diciembre, 1 de enero, ni Viernes Santo.

El precio semanal del cuidado infantil es lo que pague DHS para ese grupo de dad. Los padres deben de pagar una cuota de acuerdo a su ingreso. Entienda que si no paga su cuota el día que debe pagarla, al día siguiente no vamos a recibir sus niños.

Nosotros aceptamos niños subvencionados por el Departamento de Servicios Humanos. Pero, recuerde, es usted quien tiene la obligación de cumplir los requisitos para recibir la subvención. Cuando usted esté aprobado para recibir una subvención, nosotros solo cobramos la cuota que DHS le pone de acuerdo a sus ingresos.

Si no va a poder recoger sus niños en la hora normal debe de avisarme. Hay un recargo de $5 dólares por cada media hora que se retrase al recoger a sus niños después de media hora del horario normal

Si ha pasado una hora de la hora acordada para recoger los niños y no los han recogido, comienzo a llamar a los teléfonos de emergencia. Los llamaré cada media hora hasta las dos horas de la hora de recoger los niños.

Si a las dos horas no me han llamado ni han recogido los niños debo de llamar a la policía local y al Departamento de Niños y Familias.

Mientras el niño esté en mi casa yo soy responsable del cuidado y bienestar del niño.

Los problemas que pueda haber entre padre/proveedora se deben de discutir solamente entre nosotras, nunca en presencia de los niños. Mi trato con los niños será siempre el mismo, sin que importe la relación entre padres/proveedora.

Padres y proveedora necesitan mantener una privacidad estricta sobre el cuidado infantil y las familias que lo usan. Ni los padres ni la proveedora pueden comentar con otros padres o proveedoras información privada o confidencial de las personas que usan el cuidado. Tampoco pueden tomar fotos de otros niños sin permiso expreso de los padres. Sin embargo, si los padres o la proveedora se dan cuenta de cualquier cosa que pueda ser abuso, maltrato o grave descuido de los niños deben reportarlo a la linea de abuso 1-800-25-abuse, 1-800-252-2873.

Es muy importante que mantengan actualizada la información del niño. CADA 6 MESES DEBEMOS LLENAR UNA NUEVA FORMA DE INFORMACIÓN DEL NIÑO. CADA AÑO DEBEMOS LLENAR UNA NUEVA FORMA DE "PERMISOS A LA PROVEEDORA"

No podemos entregar sus niños a personas que usted no nos haya autorizado por escrito. Traiga una fotocopia de una identificación de las personas autorizadas a recoger sus niños. No puedo entregar los niños a personas que parezcan estar embriagadas, intoxicadas, o bajo influencia de drogas, incluso medicinas recetadas por un doctor, que les haga comportarse extrañamente.

Esta casa de cuidado infantil está bajo la supervisión del Departamento de Niños y Familias (DCFS). Ellos me hacen visitas de supervisión sin anunciarlas.  El Departamento de Niños y Familias me autoriza a cuidar ___ niños durante el día y ___ en la noche. Su niño está ocupando una plaza de cuidado infantil, y debe de pagar por el cuidado infantil tanto si viene como si no. No hay descuento por días no asistidos. Sin embargo, no le cobraremos si no trae los niños en las vacaciones anuales de su trabajo.

El Departamento de Niños y Familia me obliga a cumplir con sus normas. Revise el folleto que le estoy entregando para informarse de las principales. En cualquier momento puede pedirle las "Normas de Cuidado Infantil" que ellos nos dan para revisarlas.

Algunas de esas normas son:

No puedo recibir niños hasta que me hayan traído un físico (examen médico) donde el doctor confirma que los niños están en condiciones de estar en una casa de cuidado infantil. En ese examen es necesario el test de tuberculosis para niños que tienen un año o más, y  test de plomo para niños de 6 meses a seis años.

El examen médico o físico es valido por 2 años. Luego hay que renovarlo. Si usted no renueva el físico a tiempo no puedo admitir al niño en la casa de cuidado infantil hasta que lo renueve. No hay que renovar ni el test de plomo ni el de tuberculosis.

De acuerdo a las normas de DCFS no puedo cuidar niños enfermos. No traiga a su niño si está enfermo. Si su niño se enferma estando en mi casa, debo de llamarle para que lo recoja.

DCFS exige que los niños tengan un programa de actividades. Revise el programa que tenemos expuesto. Tratamos de que siempre estén ocupados haciendo algo que les guste hacer. Nuestro objetivo es que estén felices, activos, adquieran las habilidades y normas de comportamiento que les van a ayudar en la vida y se preparen para la escuela. Al programar nuestras actividades tenemos en cuenta lo que a los niños les gusta.

También de acuerdo a las normas de DCFS los niños deben de salir un rato afuera todos los días. Esta norma es similar a la que tienen los kinders y pre-escolares. Traiga a su niño adecuadamente vestido para salir afuera, con calzado y ropa de abrigo si el tiempo está frío. Si le molesta que el niño se manche la ropa traiga una ropa que le podamos poner para ir afuera.

Si su niño es un bebé usted debe de traerme  leche y pañales suficientes para toda la semana.

Todos los niños deben de mantener siempre una muda completa de ropa en  la casa de cuidado infantil.

Mi casa de cuidado infantil está en un programa del Gobierno que paga por la comida de los niños. El Gobierno también revisa la comida que damos a los niños para asegurarse de que damos comidas sanas y nutritivas y en las cantidades adecuadas. Para inscribirla en ese programa necesitamos pruebas de sus ingresos, y llenar algunas formas. Si no quiere que sus niños estén en ese programa o no nos da la información que le pedimos para anotarlos en el Programa de la Comida puede pagar usted la comida de sus niños a $4.00 diarios.

Para terminar este contrato usted debe de darme un aviso por escrito con al menos dos semanas de anticipación. También yo puedo terminar este contrato dándole un aviso por escrito con dos semanas de anticipación. Sin embargo, si un niño falta varios días sin avisarme, puedo considerar este contrato acabado y dar su lugar a otro niño.




__________________________        ___________________________
Su nombre                             

Proveedora de Cuidado Infantil         Cliente



¿Debo hacer ante notario el contrato con los padres?

No.

Algunas proveedoras de cuidado infantil hacen su contrato ante notario porque creen que el contrato será más vinculante jurídicamente para los padres.

Pero este no es el caso.

Un contrato es legalmente vinculante incluso si no es hecho ante notario.

Un contrato notarial es uno donde un notario garantiza que las personas que firman el contrato son quienes dicen que son.

Un notario es una persona que tiene licencia para certificar que la firma de una persona es válida. Los notarios son comúnmente utilizados en las transacciones de bienes raíces. Dos personas que están a punto de firmar un contrato de bienes raíces podrían comparecer ante un notario y mostrar su identificación. Luego se firmarían el contrato. El notario adjunta su sello y su firma a la página donde figuran las demás firmas.

La única situación en la que una proveedora de cuidado infantil puede beneficiarse de tener un contrato notarial es si ella está demandando a los padres  por no pagar lo estipulado en el contrato y el padre sostiene que la firma en el contrato no es de ella  Esto es muy poco probable.

El contrato se puede hacer cumplir en los tribunales sin las firmas ante el notario.

 
¿Cuál es la diferencia entre Contrato y Pólizas?
Un contrato es un documento legal entre una proveedora de cuidado infantil en el hogar y un padre, que explica las obligaciones legales de uno y otro. Habitualmente: los días, las horas en que acaba el cuidado infantil y la cantidad que el padre tiene que pagarle por sus servicios.

Las políticas o pólizas son las reglas y procedimientos que dicen a los padres cómo usted va a cuidar de sus hijos. Sus políticas pueden cubrir una amplia gama de temas - curriculares, de disciplina, de transporte, actividades, etc.
No se puede llevar a los padres a los tribunales por la violación de sus pólizas, pero sí puede hacerlo si viola el contrato. Por lo tanto, recomiendo que se escriban dos documentos por separado: su contrato y sus políticas o pólizas. Esto le dará más flexibilidad en su cumplimiento.

Cómo poner fin a su contrato con los Padres

Hay una manera correcta y una manera incorrecta de poner fin a su contrato con el padre o madre de un niño bajo su cuidado.

La forma correcta es seguir los términos de su contrato. Si se requiere dar a los padres un aviso de dos semanas, hágalo. Usted y los padres pueden ponerse de acuerdo para poner fin a su contrato antes de dos semanas si lo ponen por escrito y ambos lo firman.

He aquí tres consejos a seguir para mejorar las posibilidades de que la terminación de su contrato vaya a ir bien.

"Terminar cuando lo considere oportuno”

Yo recomiendo siempre que exijan a los padres que avisen al menos con dos semanas de antelación para cancelar su contrato, pero también recomiendo que usted no se limite a los mismos términos. En su lugar, ponga en su contrato, "El Proveedor puede terminar el contrato cuando lo considere oportuno" Esto le da la flexibilidad de poner fin al contrato de forma inmediata si el padre le está amenazando, es una molestia para su negocio, o se niega a pagarle por sus servicios.

Devolver los adelantos

No se puede cobrar a los padres por los días que usted se niega a proporcionar el cuidado infantil. Digamos que usted desea rescindir inmediatamente su contrato con los padres. Es viernes. El padre le ha pagado la semana pasada y le ha pagado por adelantado las próximas dos semanas. Si usted notifica a los padres que no pueden regresar el lunes, está obligado a la devolución de la cantidad que le pagaron por las dos semanas.

¿Quién termina el contrato, usted o los padres?

A veces hay falta de comunicación entre un proveedor de cuidado infantil familiar y un padre. Si se encuentra en una situación de conflicto con los padres y está considerando poner fin al contrato, asegúrese de comunicarlo con claridad. Digamos que el padre le debe el dinero del mes pasado y que usted está luchando para cobrarlo. El contrato requiere que el padre le de un aviso de dos semanas mientras que usted puede terminar "a voluntad", cuando lo considere oportuno.

Al intentar discutir este asunto del pago, el padre no dice claramente cuándo podrá pagar. Usted puede decir entonces:

"No puedo esperar más para su pago."

"Ya he tenido suficiente. No creo que pueda seguir así".

"Me tiene que pagar para mañana o voy a tener que terminar nuestro acuerdo."

Es posible que la madre saque la conclusión por alguna de estas declaraciones que ha cancelado su contrato el mismo día de esta discusión. Digamos que no se presenta al día siguiente y no sabe nada más de ella. ¿Tiene que avisarle en dos semanas? ¿Termina usted con ella?

Si no es su intención terminar el contrato inmediatamente, es importante dejar en claro a los padres que espera que traigan a su hijo al programa el día siguiente ("Les veré mañana a usted y su hijo.")

Si usted está terminando de inmediato, no puede esperar ningún pago por el padre después de ese día.

¿Y si, en respuesta a cualquiera de sus comentarios anteriores, el padre dice: "Yo no voy a volver."? Si usted quiere cobrar por las próximas dos semanas, es necesario poner en claro con el padre que no se despide de inmediato, sino que le está avisando con dos semanas de antelación. Por lo tanto, dígale, "¿Significa esto que usted me está dando a su aviso de dos semanas?" Si el padre está de acuerdo, entonces escríbalo en una breve nota y haga que el padre la firme, o bien envíe un correo electrónico a los padres indicando que usted está aceptando su aviso de dos semanas.

Si un padre renuncia a sus servicios y no se lo ha comunicado oficialmente, envíele una nota, pidiendo una aclaración. Si usted está dispuesto a seguir prestando atención a su hijo, diga: "No ha terminado nuestro contrato. Le invitamos a seguir trayendo a su hijo a nuestro programa. Si no recibo su respuesta dentro de una semana, voy a suponer que usted me ha dado su aviso de dos semanas y entonces procederé a iniciar acciones legales para cobrar lo que me debe bajo nuestro contrato”.

Si usted no quiere que el padre regrese, diga: "Lo siento, no pudimos ponernos de acuerdo para continuar nuestro contrato. No voy a continuar cuidando a su hijo." A continuación, añada, "Me debe dinero según nuestro contrato", o bien "le reembolso a usted el dinero que pagó por el cuidado con antelación después del final de nuestro acuerdo", o "Usted no me debe ningún dinero adicional".

El lenguaje que utiliza es importante para aclarar si es usted o el padre quien está terminando el contrato.










Tuesday, March 25, 2014

Contratando empleados: solucionando dudas

Aclaraciones sobre la contratación de empleados para el cuidado infantil.
Condensado y resumido por Fernando Olmedo, focalerta@yahoo.es

Requisitos para contratar a un empleado

Reglas Federales

• Obtenga un número de identificación fiscal (EIN).

• Llene el Formulario I-9 para verificar que el empleado es apto para trabajar en los EE.UU.

• Haga que el empleado a llenar el Formulario W-4 para determinar si usted debe retener impuestos federales del salario del empleado

• Retención de la seguridad social y el Medicare trimestrales (Formulario 941). Si usted paga menos de $ 4,000 de salarios en un año, en su lugar puede presentar anualmente un Formulario 944.

• Pagar los impuestos federales por desempleo al año (Formulario 940).

• Presentar anualmente los Formularios W-2 y W-3 para declarar los impuestos de Seguro Social y Medicare.

• Si usted contrata a más de una persona no que no sea de su familia, tendrá que pagar al menos el salario mínimo federal de $ 7.25 por hora. Si el salario mínimo es más alto, usted debe pagar su salario mínimo estatal. La ley estatal puede requerir que usted pague el salario mínimo del estado, incluso en la contratación de una sola persona. El salario mínimo en Illinois es de $8.25 por hora.

Para obtener estos formularios federales contacte con el IRS en: http://www.irs.gov/ , o llame al 1-800-829-3676.

Reglas del Estado.• Es que posible que las leyes requieran que usted:

• Informe de nuevas contrataciones

• Retenga os impuestos estatales sobre la renta

• Pague los impuestos estatales para el desempleo

• Contrate el seguro de compensación del trabajador.

• Consulte con su departamento estatal trabajo para obtener más información y los formularios necesarios.

Este material fue producido por Resources for Child Caring (Recursos para Cuidadores de niños) (www.resourcesforchildcare.org ). Para otras publicaciones del negocio de cuidado de niño, póngase en contacto con la División de Publicaciones de Resources for Child Caring, Redleaf Press, al 800-423-8309 o visite www.redleafpress.org


Contratando sus familiares como empleados

Muchos proveedores de cuidados infantiles contratan a sus propios familiares y se benefician de las reglas del IRS que les permiten reducir sus impuestos. Si usted contrata a sus propios hijos menores de 18 años, sus hijos no tendrán que pagar impuestos de Seguro Social. Los salarios pagados a sus hijos por trabajar para su empresa son 100% deducibles. Si usted contrata a sus propios hijos que tienen más de 18 años de edad o si contrata a su propio cónyuge, sus salarios están sujetos a los impuestos de Seguro Social y a la renta federal. Así que no hay beneficio fiscal significativo por la contratación de niños de más de 18 años de edad o de su cónyuge, a menos que establezca un plan de reembolso médico y reclame los gastos médicos como una deducción de negocio.

Los proveedores que contratan a sus propios familiares deben tener cuidado y mantener los registros adecuados. El IRS sospecha metódicamente de estos acuerdos, porque suponen que los proveedores están tratando de reclamar una deducción de negocios sin cumplir los requisitos del empleador que contratar a un empleado. Los proveedores que no estén al día sobre su registro de datos pueden tener problemas si no puede demostrar que su hijo hizo el trabajo para el que fue pagado.

Estos son los registros que debe tener si contrata a sus propios hijos o cónyuge:

• Obtener un número de identificación del contribuyente del IRS (formulario SS-4 se puede llenar en línea en www.irs.gov).
• Preparar una descripción del trabajo que detalle cuáles son las responsabilidades del trabajo: jugar con los niños, limpiar antes y después de la jornada con los niños, preparar las comidas para los niños, limpiar los juguetes, mantenimiento de los archivos, etc. No incluya otras actividades personales, tales como ir de compras, cortar el césped, hacer mandados de la familia, etc

• Elaborar un acuerdo escrito entre usted y su familiar empleado que describa el acuerdo de empleo: días y horas de trabajo, salario, etc. Ambas partes deben firmar este acuerdo.
• Mantenga un registro diario del trabajo hecho. Si el trabajo realizado es el mismo todos los días, sólo tiene que registrar los días y las horas trabajadas: lunes 09 a.m.-10 a.m., martes 09 a.m.-10 a.m., miércoles 9am - 10am, etc.

• Escriba un recibo por cada pago, haga que el miembro de la familia lo firme, y guarde una copia: "El pago en efectivo de $ 25 por 5 horas de trabajo del 3 hasta el 7 de enero del 2012." No es necesario pagar con un cheque, usted puede pagar con dinero en efectivo. Haga el pago en una cuenta de negocios separada, si usted tiene una.

• El salario de los miembros de la familia deben ser razonable. Si usted tiene un beneficio empresarial de 15.000 dólares, no es razonable pagar a sus propios hijos $ 6,000 en salarios. El pago de $ 20 por hora a sus 15 años de edad también es irracional. La prueba de lo que es razonable es, probablemente, la cantidad que estaría dispuesto a pagar a alguien que no es un miembro de la familia. Si usted también está dando a su hijo una mesada, mantenga un registro de cuándo se dio ese subsidio y de cuánto era.

¿Si pagamos a un empleado menos de $ 600 al año lo podemos considerar como un contratista independiente?

 ¡No!

Por desgracia, muchas proveedoras de cuidado infantil en el hogar y los profesionales de impuestos cometen este error. Ellos asumen que pueden tratar a una persona que ayuda a cuidar de los niños como un contratista independiente, ya que la pagan menos de $ 600 al año. Grave error.

Cuando usted contrata a alguien para ayudar a cuidar a sus niños de guardería, lo que tiene es un empleado, no un contratista independiente.

Esto es cierto incluso si usted pagó a la persona 50 dólares en un año Es cierto incluso si usted contrata a su nieto.

¿Cuándo usted tiene un contratista independiente? Si usted contrató a alguien para limpiar su casa, cortar el césped, limpiar de nieve la entrada de su casa, entonces tiene un contratista independiente.
Si usted contrata a alguien para dar una clase de música o teatro de títeres para los niños, esta persona también es un contratista independiente. Esto se debe a que la persona no funciona bajo su dirección o control.

Nota: Hay dos situaciones en las que podría contratar a alguien para ayudar a cuidar a los niños y esta persona podría ser considerada un contratista independiente.

La primera situación es una persona que trabaje por cuenta propia en la actividad de prestación de cuidados sustitutos para las proveedoras de cuidado de niños. Esta persona debe tener un nombre comercial registrado con su estado y su propio número de identificación del contribuyente. Ella debe trabajar para más de un proveedor de cuidado de niños cada año y usar su propio contrato.

La segunda situación es cuando usted contrata a un sustituto a través de una agencia de empleo y le paga a la agencia y no al sustituto.

Hay una gran diferencia entre contratar a un contratista independiente y un empleado.

Si usted empleara un contratista independiente (que es muy poco probable) es suficiente con dar a esta persona (y al IRS) la Forma 1099 Misc si usted pagó $ 600 o más en un año. Usted no está obligado a presentar cualquier otra forma ni pagar impuestos sobre la nómina. Usted puede deducir lo que pagó a esta persona como un gasto de negocio.

Si usted contrata un empleado debe retener y pagar los impuestos de Seguro Social / Medicare, pagar impuestos federales y estatales de desempleo, tal vez comprar una compensación de trabajadores, y presentar una gran cantidad de formularios de impuestos federales y estatales.

¿Puedo contratar una muchacha de escuela de 16 años, menor de 18 para la limpieza de mi Daycare? ¿Qué es lo máximo y mínimo que puedo pagarla? ¿Puedo ponerlo como una deducción en mis tasas? ¿Debo llenar una forma como empleado, o solo con el cheque con la paga es suficiente?

 
- Sí puede contratarla. Si es una persona contratada para hacer un trabajo como un contratista independiente (como son ustedes respecto al YWCA o ChildServ), no un empleado, no hay máximo ni mínimo para pagarla, ella hace un trabajo –como lo hace un médico, un fontanero… - y usted le paga por ello. Si la contrata como empleada el mínimo es 8.25 por hora, pero hay leyes especiales para los menores de 18 años. Por supuesto es una deducción en sus tasas, y si trabaja solo en el cuidado infantil se deduce la cantidad total que le haya pagado, como un gasto de negocio. Es buena idea hacer un contrato, pero para el IRS es suficiente con el cheque de pago y una forma 1099-autoempleada (la misma que les manda a ustedes el Controlador de Illinois).

Para contratar un asistente mayor de 18 años, aparte de llenar los requisitos que DCFS pide, debo emplearla por 40 horas, o ¿puedo decidir yo las horas disponibles de trabajo, ya que el trabajo sube o baja? ¿Es mejor llenar las formas como empleada o la forma como contratista? ¿Debo tener contrato para emplear a esta asistente? Si la empleo como una persona contratada y ella no llena sus impuestos, ¿puedo tener problemas con el IRS? ¿Debo pedirla que llene la forma 1099-MISC para asegurarme que ella también reporta y yo no tenga problemas con el IRS?

- Usted decida las horas que va a trabajar, no tienen que ser 40.
- Hacer un contrato es buena idea.
- Cuando una persona trabaja regularmente en su casa, legalmente es un empleado. Sin embargo, la única forma de emplear una persona es pagando un buen contador que se encargue de deducir las tasas en el cheque de pago a ese empleado. Para evitarse ese gasto la mayoría de las proveedoras los contratan como “trabajadores independientes”. No es lo legal, y el IRS puede exigir que se contraten como empleados, pero hasta ahora no sé de ninguna proveedora que haya tenido problemas al contratar ayudantes como “contratistas independientes”, incluso cuando el IRS les ha hecho una auditoría por otras causas. Si usted tuviera en empleado, usted tendría que pagar la mitad de las tasas de seguridad social y medicare del empleado, pero si lo ponemos como contratista independiente la persona contratada tiene luego que pagar todas sus tasas de seguridad social y medicare al hacer su “income tax”. Eso suele dar lugar a problemas. Para evitarlo, asegúrese al contratarla de dejar eso en claro, o buscar una solución que sea justa para los dos, como reportar solo la mitad de lo que le ha pagado, o pagarle la mitad de las tasas de seguridad social y medicare.

- La forma 1099-MISC no la llena la persona que trabaja, la llenan ustedes. Lo pueden hacer a mano en formas hechas que venden en las papelerías, o se la llena y la manda electrónicamente la persona que haga sus tasas. Deben mandarla al trabajador en enero, pero si no lo han hecho, mándensela de todas maneras. Si el trabajador no reporta, ustedes no están en problemas, ella estará en problemas. Su contador puede llenar la forma 1099-misc y no debería cobrarle por eso, es demasiado fácil.

Para contratar a una persona, ¿debe tener licencia y seguro legal, o con su número de ITIN es suficiente?

- No necesita tener licencia. No es legal contratar una persona que no tiene número de social ni permiso para trabajar legalmente en USA. Pero tampoco les piden que verifiquen que el número que les dio es bueno. Anoten el número que puso en la forma “Permiso para revisar los record” y úsenlo para llenar la 1099-MISC. Si no es bueno al final del año van a recibir una carta diciendo que no deben volver a contratar a esa persona porque no tiene permiso de trabajar. Pero no hay problemas para ustedes.

Si en los años anteriores hemos guardado solo los cheques cancelados y recibos con la firma del trabajador…¿Está bien en caso de una auditoría?

- Es perfecto. No necesita más, eso prueba que trabajó para usted y lo que la pagó.
Cada año recibimos la forma 1099-MISC de SEIU Healcare IL Benefit Fund,con una cantidad como “nonemployee compensation” ¿Cómo reportamos esa cantidad en nuestras tasas, como INGRESO Y/O DEDUCCIÓN? Porque en realidad no es la cantidad que recibimos como ingreso, y tampoco la cantidad que pagan a los médicos.

- Es un ingreso y la ponen como ingreso. La cantidad que ponen (6,226.08 para el 2012) es el valor del seguro que les están regalando. Ustedes tienen que declarar cualquier regalo que les hagan por más de $5.000. Los gastos médicos que tengan pueden ponerlos como “deducción detallada” en la forma A –la tercera página de su income tax-. A veces la deducción estándar es más que las detalladas, y entonces los gastos médicos no aparecen.

-El costo del seguro para ustedes es lo que aumenten sus tasas al declarar $6,226 de ingresos adicionales. Sus tasas aumentan en unos $952, pero pueden aumentar hasta $1,200, y otras veces son $600, y si su ingreso ha sido muy poco y alcanzar a recibir el crédito por el ingreso, hasta puede aumentar lo que les devuelven. La única forma de saberlo es pedirle al que haga las tasas que mire cómo cambian sus tasas al poner y quitar esa cantidad.

-Si su marido tiene un seguro en el trabajo y en ese seguro las cubren a ustedes gratis, no tomen el seguro de la Unión. Si no, tomen el seguro de la Unión, si ustedes tuvieran que pagarlo pagarían unos $12,000 dólares al año, conseguirlo por $1,200, o $600, o por nada, es un verdadero regalo.

Contratación de empleados: sus hijos

"He escuchado el término "trabajo informal "al referirse a la contratación de mis hijos. ¿Qué quiere decir esto? "

- Trabajo informal es otro término para un contratista independiente (
 independent contractor). Usted no tiene un contratista independiente por contratar su propio hijo. Usted debe tratar a sus hijos como empleados.

"¿Hay una edad mínima para contratar a su hijo?"

- La ley federal le prohíbe la contratación de personas menores de 14 años que no sean miembros de su propia familia. No hay ninguna ley federal de trabajo infantil concerniente a la contratación de sus propios hijos. Por lo tanto, usted podría pagar a niños de ocho o nueve años de edad por ayudar a limpiar a los niños, poner la mesa, etc. Sin embargo, la legislación laboral estatal puede prohibirle contratar a sus propios hijos menores de 14 años. Consulte con su departamento estatal de trabajo.

"Si yo pagué mi hija de 16 años que me ayude a cuidar a los niños, ¿cuánto puede ella ganar antes de que tenga que pagar impuestos?"

- Sus propios hijos menores de 18 años que ganaron menos de $ 5.950 en 2011 no tienen que pagar la Seguridad Social o los impuestos federales sobre la renta. Y tampoco tienen que declarar el impuesto sobre la renta.

"¿En qué parte de mis formularios de impuestos pongo las cantidades que pagué a mis propios hijos?"

- Anexo C, línea 26 Salarios.

"¿Puedo pagar a mis propios hijos solamente por el trabajo que hacen cuando los niños de guardería se han ido?"

- No. Usted puede pagar a sus propios hijos para hacer el trabajo mientras los niños están presentes (limpiar, poner la mesa, enseñar a otros niños, ayudarle con las actividades, etc.)



Contratación de empleados: su marido jubilado



"Mi marido pronto se jubilará. ¿Podría contratarle y así podremos deducir las primas de seguro de salud? "

- Usted puede contratarlo y deducir los costos médicos de la familia, incluidas las primas de seguro de salud mediante la actualización de la Sección 105 del IRS, plan de reembolso médico (
IRS Section 105 medical reimbursement plan). Usted no tiene que pagar a su marido un salario y de esta manera evita el pago de los impuestos sobre la nómina.

Contratación de empleados: jubilados

"¿Tengo que pagar impuestos de Seguro Social de la persona jubilada que corta el césped durante el verano?"

- No. Una persona a la que paga para cortar el césped, limpiar la casa o que haga la jardinería es un contratista independiente (independent contractor) y no su empleado. Por lo tanto, usted no tiene que retener o pagar impuestos de Seguro Social. Si usted paga a alguien $ 600 o más en un año, debe entregar una copia de la Forma 1099 del IRS para el trabajador y enviar una copia al IRS. Si usted contrata a una empresa para hacer este trabajo, usted no tiene que llenar el Formulario 1099.

Monday, March 24, 2014

Deduzca los gastos de su automovil

Deduciendo los gastos del automovil

Traducido y condensado por Fernando Olmedo, focalerta@yahoo.es

• Usted puede reclamar gastos por el uso de su carro cuando lo usa para su negocio, como para ir a entrenamientos, a llevar certificados al YWCA, o a hacer el mercado para usted y los niños.  Usted también puede reclamar el gasto de un viaje en automóvil como un gasto comercial, si el propósito principal del viaje es de negocios.

• Usted debe documentar que ha hecho un viaje de negocios con:
o          Recibos
o          Registro de kilometraje
o          Cheque emitidos
o          Tarjeta de crédito / débito
o          Constancia escrita
o          Agenda detallada
o          Fotografías

• Dos métodos para reclamar los gastos de automóvil.
o          El método estándar, es decir por milla recorrida. Para ello anote al comenzar y acabar el año las millas que tiene su carro; y cada vez que usa su carro para su negocio, anote la fecha, el motivo de su viaje, y las millas recorridas.

o          Método de gastos reales. Además de las millas, anote todos los gastos del carro, como reparaciones, llantas, carwash, gasolina, aceite... Es bastante más complicado. Y si una vez declaró en su income tax por gastos reales, siempre tiene que seguir haciéndolo por gastos reales. Lo mejor es no hacerlo a no ser que haya tenido muchos gastos, como una reparación importante.

• Método estándar por milla
o          51 centavos de dólar por milla: Enero - Junio 2011
o          55.5 centavos por milla: Julio - Diciembre de 2011
o          también pueden reclamar recibos de estacionamiento, de los peajes, el porcentaje de interés del préstamo de vehículos de empresas y el impuesto sobre los bienes personales.

• Método de gastos reales.
o          Puede reclamar el porcentaje de todos los gastos de negocios asociados con el automóvil, incluido el gas, aceite, reparaciones, seguro, depreciación, intereses del préstamo del automóvil, etc.
o          El porcentaje de gastos de negocios se calcula dividiendo el número de millas recorridas por motivo de negocios entre el número total de millas
§                      2.000 millas de negocios divididas entre 10.000 millas totales = 20%
 
Otras cuestiones: "¿Puedo deducir el pago del préstamo del coche?"
- No. Si se utiliza el método de gastos reales usted puede reclamar la depreciación su vehículo. Esto le permite deducir con el tiempo el coste del vehículo. Siempre se puede deducir la parte empresarial de cualquier interés que usted paga sobre el préstamo de coche, si se utiliza el método estándar por milla o el método de gastos reales.

"Si yo no reclamé deducciones por kilometraje o millaje en 2011, ¿puedo reclamar estos kilómetros en el 2012?"
 
- No. La única manera de reclamar deducciones por estos gastos es modificar su declaración de impuestos 2011, utilizando el formulario 1040X del IRS.

"¿Puedo deducir el 100% de las millas que recorrí en mi auto para ir a los supermercados si he comprado cosas para la guardería y también para mi familia?"
 
- Quizás. Sólo se pueden deducir los viajes donde el "principal" propósito del mismo fue comercial. Objetivo principal significa que más del 50% de la razón por la que realizó el desplazamiento era para su negocio. Si usted gastó más dinero en los alimentos para su guardería que  para su familia, podría deducir este viaje. Sin embargo, nunca deduzca el 100% de los desplazamientos a las tiendas de comestibles porque el IRS dirá que usted debe tener algunos viajes personales. Cuente tal vez un 60%, + 70% de sus viajes a las tiendas de comestibles, pero nunca es 100%.

"Si uso la tarifa estándar por milla (
standard mileage rate), ¿puedo deducir también el seguro del vehículo que fue comprado por mi negocio?"
 
-No. Sólo se puede deducir el seguro del vehículo si se utiliza el método de gastos reales (
actual expenses method) para reclamar deducciones por gastos de automóvil.

"Tengo un vehículo arrendado, ¿puedo usar la tarifa estándar por milla?"
 
- Sí.

"¿Puedo cambiar cuando quiera entre el método estándar por milla y el método de gastos reales vehículo?"
 
- Si en el primer año que usted utiliza su automóvil para su negocio usted elije el método estándar por milla,  puede cambiar al método de gastos reales en los años posteriores. Si en el primer año que usted utiliza su automóvil para su negocio usted elije el método de gastos reales, ya NO puede cambiar al método estándar por milla en los años posteriores.
 
 "¿Es necesario registrar las lecturas del odómetro al reclamar gastos de automóvil?"

- No.

Thursday, March 20, 2014

Cuidado con lo que dice

Tenga cuidado con lo que dice cuando habla de antiguos clientes.

Por Tom Copeland, publicado con su permiso.

Traducido por Fernando Olmedo, focalerta@yahoo.es
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Los padres que inscriben a sus hijos en su programa de cuidado infantil en el hogar esperan que se respete su privacidad.

Ellos no quieren que se divulgue ninguna información acerca de su familia a menos que la ley lo requiera o que se le haya dado permiso.

Muchos proveedores de cuidado infantil han creado su propia póliza de privacidad para asegurar a los padres que van a mantener la confidencialidad de cualquier información acerca de las familias a su cargo. Véase mi artículo: " ¿Usted tiene póliza de privacidad?" ( "Do You Have  Privacy Policy?")

Su política de privacidad también debe extenderse incluso después que la familia salga de su programa.

No es profesional hablar de los padres (o sus hijos) después que salgan de su programa. También puede ser ilegal.

Usted puede tener la tentación de hablar de sus antiguas familias para quejarse que no le pagaron, o acerca de los problemas de comportamiento del niño.

Si usted dice algo acerca de algún antiguo cliente, usted debe tener mucho cuidado con lo que dice.

Es contra la ley (difamación) decir algo acerca de un antiguo cliente que dañe su reputación en la comunidad. Si es hablado, es calumnia. Si es por escrito, es difamación. Sin embargo si lo que dice es cierto, usted no ha violado la ley.

Por lo tanto, si usted dice a otro proveedor, " la señora Jones es una mala paga y su hijo actuó como si fuera hiperactivo consentido", usted ha cometido calumnia ya que esto sin duda daña la reputación de la Sra. Jones.

Si usted dice: " La sra. Jones me dejó debiendo $ 250 y yo tuve que dedicar tiempo extra al cuidado  de su hijo" esto no es ilegal si usted puede probar que lo que dijo es verdad.

Como puede ver, puede ser difícil evitar decir algo incorrecto.
A veces, las proveedoras se ven tentadas de advertir a otras proveedoras acerca de un padre que ha abandonado su programa. Usted no desea que la siguiente proveedora tenga que pasar por lo que usted pasó con ese niño. A pesar de que su intención pueda ser buena, yo no recomiendo compartir cualquier información sobre antiguos clientes con otra proveedora.

Las proveedoras pueden protegerse a sí mismas contra los padres "malos" al pedirles el nombre de su cuidadora anterior. Si el padre se niega a darle el nombre, lo mejor es no trabajar con ellos.
Independientemente de las acciones pasadas de los padres de no pagar sus facturas, las proveedoras pueden protegerse a sí mismas siguiendo dos reglas: Los padres deben pagar por lo menos con una semana de antelación y los padres tienen que pagar por las últimas dos semanas por adelantado. Al seguir estas dos reglas, las proveedoras no tendrán que preocuparse por si los padres quedan debiendo dinero.

Tres preguntas clave

Si un padre le da el nombre de su cuidadora anterior, hágale estas tres preguntas clave:

* " ¿Cuánto tiempo estuvo ese niño en su programa de cuidado infantil?"

* " Si usted tuviera la oportunidad, ¿le aceptaría de nuevo?"
* " ¿Qué puedes decirme sobre el padre o el niño que debería considerar antes de inscribirlos?"

Haciendo o contestando estas preguntas, usted no está en peligro de violar las leyes de difamación. Esto es porque usted no está compartiendo la información con alguien más.

Sin embargo, si usted es la antigua proveedora y le están pidiendo que hable de unos antiguos clientes, usted estará en problemas si dice algo que dañe la reputación de los padres.

En primer lugar, usted debe consultar con su supervisor de licencia para ver si es una violación de la ley de concesión de licencias de cuidado infantil de su estado incluso decir a alguien que usted estuvo cuidando al niño de una determinada familia. (En Minnesota esto es contra la ley). Si es así, usted responda a la proveedora que le interroga, " No puedo responder a ninguna de sus preguntas a menos que haya un permiso escrito de los padres para hablar con usted."

Si usted tiene este permiso, entonces usted podría responder a las dos primeras preguntas brevemente diciendo, por ejemplo, " 1 año" y " no".

Esa puede ser información suficiente para que la nueva proveedora. Si usted responde a la tercera pregunta, tenga mucho cuidado de atenerse a los hechos que usted pueda probar: "La madre me pagó tarde tres veces en doce meses. " No califique al padre de "irresponsable " o " inestable " o " no digno de confianza."

Hay una línea muy fina entre decir lo correcto y lo incorrecto. Sea discreta y no habla de las familias que fueron sus clientes.
Legal & Insurance
Tom Copeland - www.tomcopelandblog.com

Crédito de la imagen : fruitofspirit - mollye.blogspot.com

Para  más información acerca de la privacidad / confidencialidad, vea mi libro Family Child Care Legal & Insurance Guide.